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Seguro para tu perro

Lo primero de todo al igual que con otros seguros de los que hemos hablado ( bici, alquiler ) es saber que, el seguro para tu perro no es obligatorio, excepto si está incluido en la lista razas peligrosas denominadas potencialmente peligrosas o PPP. Que te dejamos aquí.

Pero atención a esto, ya que a mayores de esta ley, cada comunidad autónoma tiene su propia regulación. Y algunas razas de la lista pueden cambiar. Por ejemplo Castilla y León 

Una vez tenemos claro si debes asegurar a tu amigo de cuatro patas o lo haces por mera tranquilidad y bienestar de tu mascota, veamos que tipos de seguro tenemos y que nos pueden cubrir.

Seguro de responsabilidad civil

Al igual que las personas, los perros pueden crear daños, ya sea mordiendo, arañando.. etc. Y los gastos que creen este, hasta un máximo especificado en la póliza, se los cubrirá el seguro. Además de en caso de denuncia de un tercero, asistencia jurídica, y evítate líos de abogados, la compañía se encarga de todo.

Seguro más amplio

Este seguro es una ampliación del anterior ya que la responsabilidad civil siempre está incluida. Y qué podemos añadir? Pues desde gastos del veterinario, residencia en caso de necesidad, accidentes, robo.. Para incluir los gastos veterinarios el perro debe estar perfectamente vacunado, con el chip, y te exigirán en el momento de hacer la póliza un chequeo para saber la salud del animal.

Requisitos

Estos son, la documentación del animal, cartilla sanitaria y en caso de vivir en una comunidad autónoma que el chip es obligatorio, la documentación del chip. En su defecto el número de identificación, tatuaje o chapa. Que pasa si mi perro es de pura raza? Si tu amigo vale más de 601 euros tendríamos que aportar factura, cursos que ha realizado, pedigrí…

Esto depende de tus necesidades y las de tu compañero canino, nosotros te informamos de todo acerca del seguro para tu perro. Consúltanos sin compromiso.

 

 

Seguro de responsabilidad civil

Atención autónomos!

Hoy vamos a explicar un poco este seguro. Lo primero de todo, ¿qué es el seguro de responsabilidad civil?

Es un seguro que se encarga de cubrir los gastos ocasionados (daños, lesiones…) a consecuencia de nuestro trabajo.

¿Es obligatorio? En muchas profesiones si. También hay que tener en cuenta que, en la mayoría de las profesiones colegiadas (médico, arquitecto, abogado…) el colegio profesional proporciona un seguro de responsabilidad civil, en muchos casos muy bajo, atención con esto, pensamos que estamos cubiertos, pero luego la cantidad cubierta es muy reducida. Para aquellas profesiones que no es obligatorio, como siempre digo, la tranquiladad de saber que pase lo que pase estás cubierto, te hace trabajar con más seguridad.

Y la pregunta más importante de todas, ¿qué me cubre este seguro?

Pues como hemos dicho antes todos los gastos ocasionados por reclamaciones de un tercero, derivadas de un error en el transcurso de tu profesion, o siendo propietario de un bien. Pero no nos pensemos que esto es cosa solo de los transportes, puede ser una mala praxis médica, un daño con un tractor en otra finca, un error de una asesoría al presentar los papeles, un abogado que presenta mal o tarde un escrito…

La diferencia fundamental de uno u otro seguro de responsabilidad civil viene a ser la cantidad que te cubre, pero también en número de personas que cubre. A ti solo o también puedes incluir a tus empleados. ¿Qué no sabes cual es la cantidad ideal para ti? ¿Qué no sabes cuanto te cubre? Todas estas y más dudas te las resolvemos nosotros

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Te esperamos!