Nos podremos desgravar los seguros de vida o de hogar en los que el beneficiario de la póliza sea la entidad financiera con la que tenemos contratada la hipoteca. Es decir, en aquellos seguros que el banco nos obligó a contratar en la firma de la hipoteca y que están vinculados al préstamo. Recordemos que ahora ya no es obligatorio lo explicamos aquí. La legislación permite al tomador desgravarse la prima correspondiente en su declaración dentro de las deducciones por inversión en vivienda habitual
Condiciones a tener en cuenta:
Con efectos 1 de enero de 2013 fue suprimida la deducción estatal por adquisición de vivienda habitual. Por lo que no puedes deducirte en la cuota estatal nada por la amortización, intereses ni gastos relativos al préstamo hipotecario.
Dependiendo de tu residencia existe la posibilidad de aplicar deducción autonómica, si se cumplen los requisitos de la normativa autonómica.
Los que hayan adquirido su vivienda antes de esa fecha pueden desgravarse en la declaración hasta un máximo de 9.040 euros, un umbral máximo sobre el que Hacienda nos reducirá un 15%.
De esta forma, si la contratación de los seguros fue una de las obligaciones para la concesión de la hipoteca. Los importes pagados en las primas de nuestro seguro de hogar y nuestro seguro de vida pueden sumarse a las cuotas pagadas en concepto de hipoteca hasta alcanzar ese máximo establecido de 9.040 euros.
Cuando se compra un vehículo, es obligatorio el seguro a terceros, como mínimo. Como norma general el seguro del coche no desgrava en el IRPF. Pero, si el coche lo compra un trabajador autónomo para fines laborales, es posible deducir los costes del seguro siempre y cuando afecten al 100% para la actividad. Y para todos los autónomos colegiados, los colegios profesionales también se pueden desgravar.
La desgravación fiscal de contratar un seguro de salud repercute, directamente, en las empresas y en los autónomos. Existen ventajas fiscales cuando la contratación la realiza un autónomo o empresario para él, su familia o sus empleados. Por el contrario, no existe ningún tipo de efecto fiscal cuando el que contrata el seguro es un particular sin actividad empresarial o profesional.
Sin embargo, indirectamente, los trabajadores por cuenta ajena también pueden conseguir una importante ventajas fiscal si negocia con la empresa la contratación de un seguro de salud para él y/o los miembros de sus unidad familiar.
Sabemos que es un tema complejo, pero para cualquier duda que os pueda surgir podéis contar con nosotros.